El comercio electrónico ha experimentado un aumento considerable en España, especialmente desde 2020 debido a la pandemia del covid. Esto ha afectado a las empresas de envío y paquetería que han visto un aumento significativo en su trabajo. Sin embargo, a veces podemos no estar en casa cuando llegue el paquete de nuestra compra en línea. ¿Puede nuestro vecino recoger el paquete que está a nuestro nombre en estas situaciones,
El profesor Xavier Salla, especialista en Protección de Datos de la Universitat Abat Oliba CEU, indica que esta práctica común entre los repartidores no es aconsejable y incluso podría ser ilegal, ya que no pueden entregar paquetes a personas que no sean el destinatario.
En términos legales, un repartidor no puede dejar un paquete con un vecino a menos que haya un consentimiento expreso de la persona que lo recibirá. De lo contrario, puede haber un problema graves debido a la revelación de información personal a un tercero no autorizado en la etiqueta.
En algunos edificios con conserjes o porteros, ellos suelen ser los encargados de recoger los paquetes de los repartidores hasta que llegue su destinatario. En estos casos, es importante saber si esta tarea está incluida en sus funciones y si el titular de la información está de acuerdo con esto. Para que la persona encargada de los paquetes pueda hacerlo, debe existir un acuerdo contractual o un acuerdo de la comunidad.
En resumen, si no existe un consentimiento expreso o una ley que lo permita, las empresas de paquetería tienen que entregar los paquetes al titular y no a un tercero, ya que esto es equivalente a entregar algo a un destinatario diferente al que está destinado a recibirlo.